TEMA 4: ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL CENTRO ESCOLAR


1.- Órganos de gobierno 

1.1.- Unipersonales 

1.1.1.- El director 


El director es aquella persona que, con previa comunicación al Claustro de profesores y

Consejo Escolar, formulará la propuesta de nombramiento y cese de la Administración

Educativa de los cargos de jefe de estudios y secretario de entre los profesores con destino en

dicho centro. 

Las competencias del director son las siguientes: 

▪ Ostentar la representación del centro, representar la Administración educativa del

centro y hacer llegar a esta administración los planteamientos, aspiraciones y

necesidades de la comunidad educativa. 

▪ El director dirige y coordina todas las actividades del centro, ejerce la dirección

pedagógica, garantiza el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes, ejerce la

jefatura de todo el personal adscrito al centro, favorece la convivencia del centro, impulsa la

colaboración con las familias y las evaluaciones internas del centro. 

▪ Convoca y preside los actos académicos, las sesiones del Consejo escolar y el Claustro

del profesorado; realiza las contrataciones de obras, suministros y servicios; aprueba la

programación anual del centro y decide sobre la admisión de alumnos y alumnas. 

▪ Para seleccionar el director se realizará un proceso en el que participen la comunidad y

la Administración educativa. La selección y el nombramiento de los directores de los

centros públicos se efectuará mediante concurso de méritos de los profesores y

profesoras funcionarios de carrera que impartan alguna de las enseñanzas en el centro. 

1.1.2.- El secretario 

Es el individuo que lleva el régimen administrativo, económico del instituto o colegio. Todo

esto lo hace bajo la supervisión. Además, lleva el inventario de las cuentas del centro y es el

jefe de administración y servicio 

1.1.3.- El jefe de estudios 

Es el jefe de los docentes en representación del director. Coordina todas las actividades

académicas y de orientación en los centros e impulsa el perfeccionamiento del

profesorado y se encarga de que los alumnos de secundaria que sean menores de edad

tengan una seguridad asegurada. 

Además, este elabora los horarios de los docentes y del alumnado. Coordina los

departamentos (en institutos) y los equipos docentes (en colegios). Es el responsable de

organizar los actos académicos.

1.2.- Colegiados 

1.2.1.-Claustro de profesores 

Es el órgano propio de participación de los profesores en el gobierno del centro. Su función

es planificar, coordinar, informar y decidir sobre todos los aspectos educativos del centro. 

Está presidido por el director e integrado por la totalidad de los docentes que presten

servicio en el centro. 

Las competencias son: 

∙ Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los

proyectos y de la programación general anual. 


∙ Elegir sus representantes en el Consejo Escolar y participar en la selección del director. 

∙ Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los

proyectos y de la programación general anual. 

∙ Analizar el funcionamiento general del centro y resultados de evaluaciones. 

1.2.2.- El Consejo Escolar 

Compuesto del director, el jefe de estudios, un concejal o representante del Ayuntamiento,

un número de profesores > 1/3 del claustro + padres + alumnos (elegidos de ESO, los

alumnos de 1º y 2º de ESO no pueden participar en la elección ni en el cese del director) +

representante del personal de la Administración y servicios del centro y el secretario del

centro (con voz, pero sin voto). 

El consejo escolar evalúa la programación general anual del centro, conoce las candidaturas

a la dirección presentados por los candidatos, participa en la selección del centro, informa

sobre la admisión de alumnos y alumnas, propone medidas que favorezcan la convivencia

en el centro, analiza y valora el funcionamiento general del centro, la evolución del

rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que

participe el centro. 

2.-Órganos de representación 

2.1.- Asociaciones 

2.1.1- Asociación de padres de alumnos 

Los padres tienen derecho de decidir qué centro conviene más a sus hijos, si es público,

privado o concertado. También tienen derecho a darles una educación religiosa, y tienen

derecho a participar en el proceso de enseñanza de sus hijos. Por ello les corresponde: 

∙ Adoptar las medidas necesarias o solicitar ayuda en caso de dificultad para que sus hijos

asistan a clase. 

∙ Proporcionar sus recursos y condiciones necesarias para la educación- 

∙ Conocer, participar y apoyar la evolución de su proceso educativo en colaboración con

profesores y los centros.

Las asociaciones de padres de alumnos tienen sus propias funciones: 

∙ Colaborar en las distintas actividades educativas de los centros. 

∙ Promover la participación de los padres de alumnos en la gestión del centro. 

La Administración educativa favorecerá el ejercicio del derecho de asociación y la

formación de federaciones y confederaciones. 

2.2.2.- Asociación de alumnos 

Los alumnos podrán asociarse de su edad creando organizaciones de acuerdo con la ley y

con las normas 

Las asociaciones de alumnos asumirán las siguientes finalidades: 

∙ Representar la opinión de todos los alumnos. 


∙ Colaborar en la labor educativa y en las actividades complementarias y extraescolares de

los mismos. 

∙ Promover la participación de los alumnos en los órganos colegiados del centro. 

∙ Realizar actividades culturales, deportivas y de fomento de la asociación cooperativa y de

trabajo en equipo. 


3.- Órganos de coordinación docente 

3.1.-Tutores 

Cada clase tiene un tutor asignado por el director por un periodo de dos cursos ya que así

se garantiza una continuidad.  

El tutor lleva a cabo el plan de acción tutorial, coordina el proceso de evaluación de los

alumnos de su grupo y adopta la decisión que proceda acerca de la promoción de los

alumnos de un ciclo a otro, previa audiencia de sus padres o tutores legales. Orientar y

asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades educativas, encauzar los problemas e

inquietudes de los alumnos.  

El tutor mantendrá las reuniones que estime oportunas durante el curso escolar con los

padres de alumnos, en grupo o individualmente. 

3.2.-Comisión de coordinación pedagógica 

Esta, establece las directrices generales para la elaboración de los Proyectos curriculares

de etapa.  Coordina la elaboración de los Proyectos curriculares de etapa y su posible

elaboración. Elabora también la propuesta de los criterios y su posible modificación. Vela

por el cumplimiento y evaluación de los Proyectos curriculares de etapa. 

Las reuniones de esta comisión, coincidieron con las del claustro. 

3.3.-Equipo de nivel 

Equipos de nivel: formados por los profesores que imparten docencia en el ciclo y se

encargan de organizar y desarrollar las enseñanzas en el mismo 

Los Equipos de Nivel tienen unas funciones particulares: formular propuestas al Claustro

relativas a la elaboración del Proyecto Educativo y de la Programación General anual;

mantener actualizada la metodología didáctica; organizar y realizar las actividades

complementarias y extraescolares; elaborar la Programación General anual y la Memoria

del Ciclo. 

Los ciclos están dirigidos por un coordinador. Este coordinador tiene unas funciones: 

▪ Participa en la elaboración del Proyecto curricular de etapa y elevar al

Claustro las propuestas formuladas a este, respecto por el Equipo de Ciclo. 

▪ Coordinar las funciones de tutoría de los alumnos del ciclo y la enseñanza en el

correspondiente ciclo de acuerdo con el proyecto curricular de etapa. 

▪ Demás funciones que el director dé al coordinador. 

3.4.-Equipo docente 

Se trata de todos los docentes que dan clase a un curso. Sus funciones son semejantes a

las del equipo de nivel, pero mucho más concretas y reducidas: coordina la carga global

del estudiante por semestre, garantizando una adecuada distribución del tiempo de

trabajo personal del estudiante por asignaturas. Coordina los trabajos interdisciplinares

propuestos y la coordinación del diseño y la implementación del sistema de evaluación

de las asignaturas conforme a lo establecido en la guía docente.




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